Responsabilidad Penal | Coronavirus y Compliance Penal
miércoles, 10 de junio de 2020
Delito penal
La primera responsabilidad penal que se contempla en una situación como la actual es en la que pueden incurrir quienes administran una empresa si no ponen a disposición de sus trabajadores las medidas de seguridad y salud necesarias. Aunque no se incluye entre los delitos que sí pueden generar la responsabilidad penal de las personas jurídicas, puede generar responsabilidad en sus administradores y responsabilidad civil subsidiaria de la empresa.
Otros riesgos que se pueden derivar de la pandemia
- Riesgos en materia concursal y de fraude de acreedores (insolvencias punibles y concursos fraudulentos)
- Respecto de las ayudas que puedan solicitarse y recibirse del Estado (fraude de subvenciones)
- Obligaciones con la Hacienda Pública y la Seguridad Social (delito fiscal y contra la Seguridad Social)
- En materia contable (falsedad contable)
- De blanqueo de capitales
- De contratación pública y privada (cohecho y corrupción en los negocios)
- Respecto de la salud pública
- Contra el medio ambiente
- Contra el mercado y los consumidores
- Otros
Delitos que además de la responsabilidad penal de su autor (persona física), pueden generar la de la persona jurídica y la de su órgano de administración.