Un Operador Económico Autorizado puede ser definido como un operador económico de confianza para las operaciones aduaneras (operador seguro o fiable para el resto de integrantes de la cadena logística) acogiéndose a las ventajas de esta figura en toda la Unión Europea.
Existe además una expectativa por parte de los responsables de la Comisión Europea, de que el estatuto de Operador Económico Autorizado no sea sólo reconocido en el ámbito europeo sino que, a través de acuerdos aduaneros internacionales, pueda ser reconocido en todo el mundo.
Marco Jurídico
Desde el día 1 de enero de 2008 entró en vigor la figura del Operador Económico Autorizado. Su desarrollo normativo se puede encontrar en los Reglamentos de la Comisión Europea publicados a día de hoy.
Enlaces Normativa Europea:
Reglamento (UE) Nº 197/2010
Reglamento (CE) Nº 450/2008
Reglamento (CE) Nº 1875/2006
Reglamento (CE) Nº 648/2005
Opinión y servicios del Despacho
Con motivo de estas modificaciones, PROLUCO ha desarrollado un protocolo de actuación por el que, con la colaboración de la empresa se asesora, elabora y revisa todo el proceso de concesión.
Enlaces:
Nuevo cuestionario O.E.A. 2011
Protocolo PROLUCO para la obtención del O.E.A.
Servicios de PROLUCO para la obtención del O.E.A.
Departamento de Aduanas e IIEE (AEAT)
La AEAT a través de su Departamento de Aduanas ha emitido abundante documentación explicativa sobre la figura del O.E.A.
Enlaces:
Comisión Europea (DG TAXUD)
La Comisión Europea a través de su Departamento de Aduanas ha emitido abundante documentación explicativa sobre la figura del O.E.A.
Enlaces:
Empresas con certificado O.E.A. tramitados por PROLUCO