Novedades en el procedimiento tributario | Real Decreto Ley 11/2020
miércoles, 1 de abril de 2020
Hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 11/2020, el cual contiene dos novedades importantes en el ámbito del procedimiento tributario:
1. Se amplía el plazo para interponer el correspondiente recurso o reclamación respecto a la situación transitoria que se había establecido desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo.
Concretamente, el plazo para interponer recursos de reposición o reclamaciones económico administrativas que se rijan por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y sus reglamentos de desarrollo empezará a contarse desde el 30 de abril de 2020 y se aplicará:
- Tanto en los casos en que se hubiera iniciado el plazo para recurrir y éste no hubiese finalizado el 13 de marzo de 2020.
- Como en los supuestos donde no se hubiere notificado todavía el acto administrativo o resolución objeto de recurso o reclamación.
- A los recursos de reposición y reclamaciones que, en el ámbito tributario, se regulan en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
2. Suspensión de plazos en el ámbito tributario de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
Lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (ampliación de plazos para el pago de deudas, contestación de requerimientos, formulación de alegaciones, etc.) será de aplicación a las actuaciones, trámites y procedimientos que se rijan por lo establecido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y sus reglamentos desarrollo y que sean realizados y tramitados por las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.