La Administración de Justicia recupera su actividad
lunes, 8 de junio de 2020
La Administración de Justicia ha recuperado su actividad plena con el alzamiento de la suspensión de los plazos procesales que se vieron suspendidos por la declaración del estado de alarma, tal y como establece el artículo 8 del Real Decreto 537/2020, de 20 de mayo.
La Comisión de Coordinación de Crisis del COVID-19 en la Administración de Justicia ha activado la fase 3 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia con efectos desde el 9 de junio.
Durante esta fase, denominada de «actividad ordinaria, con plazos procesales activados», está previsto que acuda a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos, en turnos de mañana y tarde si así se establece. Conforme al Plan establecido, se trata de la última etapa antes de la fase 4, de «actividad normalizada conforme a la situación anterior al estado de alarma».
TELETRABAJO
La Orden establece que los funcionarios acogidos a la modalidad de teletrabajo (casos especiales) podrán prestar servicios a distancia, siempre que lo autorice la Administración competente en cada caso concreto. El teletrabajo se prestará en el mismo horario habitual en que se viniese desarrollando el horario presencial antes de la declaración del estado de alarma.
Todos los funcionarios que presten servicios en la modalidad de teletrabajo, excepto aquéllos con especial sensibilidad frente al COVID-19 y los que tengan permiso concedido por deber inexcusable, deberán acudir de manera presencial a su puesto de trabajo en jornada de mañana al menos dos días a la semana.
La Comisión de Coordinación de Crisis del COVID-19 en la Administración de Justicia también acordó las medidas de choque para reforzar la actividad judicial a partir de septiembre, tras el parón ocasionado por la crisis sanitaria. Entre ellas, está la creación de juzgados que temporalmente atenderán los asuntos derivados de la crisis.