Kit Digital: cómo se contabiliza esta ayuda a la digitalización
miércoles, 2 de noviembre de 2022
Kit Digital: cómo se contabiliza esta ayuda a la digitalización
El kit digital es un programa que ha impulsado el Gobierno de España con un presupuesto de 3067 millones de euros entre 2021 y 2023. El objetivo de esta iniciativa es subvencionar la implantación de soluciones digitales. Por tanto, es una opción altamente interesante para impulsar la digitalización de empresas y autónomos en nuestro país.
Todas las soluciones deben contratarse a través de los denominados agentes digitalizadores, que desarrollan los servicios subvencionados. Para ello, las empresas y autónomos que ofrecen este servicio deben registrarse en el catálogo de digitalizadores.
Algunas de las soluciones de digitalización a las que puedes tener acceso gracias al bono digital son las siguientes:
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Presencia en Internet.
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Marketplace.
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Presencia avanzada en Internet.
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Comercio electrónico.
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Gestión de redes sociales.
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Digitalización de las relaciones con los clientes.
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Analítica y business intelligence.
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Implantación de factura electrónica.
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Servicios y herramientas de oficina virtual.
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Gestión de procesos.
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Ciberseguridad.
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Comunicaciones seguras.
Cómo se concede el bono digital
El bono digital se ha diseñado para que autónomos y pymes puedan adaptarse a las necesidades actuales y mejorar su competitividad digital. Las ayudas económicas son directas y proceden de los fondos europeos Next Generation.
Pueden solicitarlo las pymes de entre uno y 49 trabajadores. No obstante, este es un gran grupo, por lo que en función del tamaño y el importe que reciben se pueden diferenciar tres segmentos:
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Segmento I. Está formado por las empresas de mayor tamaño. Sus plantillas cuentan con entre diez y 49 empleados y pueden recibir un máximo de 12.000 euros.
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Segmento II. Son las empresas que tienen entre tres y nueve empleados, un tamaño medio. La ayuda máxima que pueden percibir es de 6.000 euros.
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Segmento III. Aquí se engloban las micropymes y las pymes más pequeñas. Tienen entre uno y dos empleados y la ayuda máxima que pueden percibir es de 2.000 euros.
Condiciones para acceder al kit digital
Con el objetivo de que el proceso de digitalización sea adecuado en el contexto actual, los requisitos que se han establecido son los siguientes:
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Ser autónomo, pequeña empresa o microempresa y cumplir con los límites financieros establecidos para estas categorías.
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Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
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No haber superado el límite de ayudas de pequeña cuantía establecida en el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
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Estar en situación de alta, tener una mínima antigüedad y que la empresa no esté en crisis.
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Cumplir con la normativa establecida en la Ley General de Subvenciones.
Cómo solicitar el bono digital
En primer lugar, tienes que realizar el test de diagnóstico digital para poder determinar la madurez digital de tu empresa. Después, debes consultar el catálogo de soluciones digitales para decidir cuáles son las que vas a implementar y qué agentes digitalizadores pueden llevarlas a cabo.
Una vez cotejado lo anterior, puedes solicitar tu bono digital, seleccionar las soluciones que desees y firmar el acuerdo con el agente digitalizador. Acto seguido, el agente iniciará el proceso de instalación y se dará paso a dos fases:
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1ª fase. En un plazo no superior a tres meses, el agente digitalizador pedirá confirmación de la correcta instalación.
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2ª fase. Corresponde a un tiempo de doce meses a contar desde la finalización de la fase 1. En ella, tu agente te pedirá confirmación de que la solución implantada está operativa.
El agente digitalizador gestiona el cobro del kit digital con la Administración. Por tanto, las empresas que se acogen no tienen que adelantar ni gestionar este importe.
Cómo se contabiliza el kit digital
Una vez que te han concedido el bono digital, debes saber cómo contabilizar la subvención. Para ello, lo primero que hay que tener presente es que es una ayuda no reintegrable.
Según la norma de registro y valoración del Plan General de Pymes, se debe contabilizar, con carácter general, como un ingreso que se imputa al patrimonio neto. De este modo, se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias como ingreso de forma correlacionada con los gastos derivados de la subvención.
Por otro lado, las soluciones que proporciona el kit digital se pueden registrar de dos maneras: como inmovilizado o como gasto del ejercicio. Todo dependerá de cuál sea el destino. Así, en relación con la adquisición de inmovilizados, en las bases de la convocatoria se excluyen de los activos subvencionables los gastos en hardware.
En la cuenta de pérdidas-ganancias hay que diferenciar:
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Si se financian gastos del ejercicio. En este caso, se imputan como ingresos que se devengan como gastos.
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Si se concede para adquirir activos del inmovilizado.
En las bases de la convocatoria se establecen estas formas de pago de las soluciones de digitalización:
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Cesión del derecho de cobro de la subvención en favor de los agentes digitalizadores adheridos.
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Pago de la parte del coste que no cubre el bono digital.
Si necesitas asesor contable y fiscal para gestionar el kit digital, contacta con nosotros en el siguiente formulario de contacto.