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Incapacidad permanente para autónomos: cómo funciona y cuándo solicitarla

Incapacidad permanente para autónomos: cómo funciona y cuándo solicitarla

lunes, 29 de agosto de 2022

Incapacidad permanente para autónomos

Todos los trabajadores autónomos, también denominados por cuenta propia, albergan el mismo miedo: tener un accidente o sufrir una enfermedad que les impida trabajar.

Pero, ¿qué pasa cuando las secuelas les impiden seguir desarrollando su actividad profesional?

En esta publicación te contamos dónde pedir la incapacidad permanente, cómo funciona y cuándo tienes la opción de solicitar su concesión.


¿Qué se entiende por incapacidad permanente del trabajador autónomo?

Se trata de una situación laboral por la que un trabajador por cuenta propia, tras haber sufrido un accidente o enfermedad común o profesional y haber recibido el alta médica, sufre secuelas funcionales o anatómicas que le impiden retomar su actividad.

Dicho en otras palabras, unos impedimentos físicos que no le facultan para seguir realizando las tareas que llevaba a cabo anteriormente.

Esta situación puede ser definitiva o incierta a largo plazo, en el que el tribunal médico de la Seguridad Social será quien determine dicho estado. En el segundo caso, está en disposición de exigir que se efectúen revisiones periódicas con el propósito de verificar que la situación de incapacidad continúa existiendo.


Tipos de incapacidad para los autónomos

Los trabajadores autónomos, al igual que los empleados por cuenta ajena, pueden experimentar cuatro tipos de incapacidades permanentes:

  • Incapacidad permanente parcial. Requiere, como mínimo, un 33% de disminución del rendimiento. El trabajador por cuenta propia tiene la posibilidad de seguir ejerciendo su profesión, pero no todas las tareas relacionadas con ella.
  • Incapacidad permanente total. En este caso, el trabajador autónomo queda incapacitado para seguir llevando a cabo su labor profesional, aunque puede dedicarse a otros trabajos. Requiere, al menos, un 55% de afectación.
  • Incapacidad permanente absoluta. El trabajador por cuenta propia no tiene la capacidad de hacer ningún trabajo.
  • Gran invalidez. No solo conlleva su incapacidad para todo tipo de trabajos, sino que también necesita ayuda externa para realizar sus tareas básicas (comer, ducharse, etc.).

Requisitos para solicitar la incapacidad permanente de autónomos

La declaración de incapacidad permanente da derecho a percibir una pensión. El porcentaje de la base reguladora a percibir a través de ella dependerá, fundamentalmente, del tipo de incapacidad determinado por el tribunal.

Sin embargo, es posible que no tengas derecho al cobro de esta pensión. ¿El motivo? Es necesario que, dentro de la cuota que pagas a la Seguridad Social, hayas incluido la cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional. Ambas son voluntarias.


¿Cómo y dónde pedir la incapacidad permanente si eres trabajador autónomo?

En primer lugar, para solicitar la incapacidad permanente de autónomo, has de rellenar el modelo correspondiente. Lo encontrarás sin problema en la página web de la Seguridad Social o en cualquier oficina de este organismo público.

A continuación, tendrás que recopilar los documentos necesarios. En concreto, debes adjuntar a tu solicitud los siguientes:

  • DNI o NIE en vigor.
  • Historial clínico que demuestre tu situación de incapacidad.
  • Otros documentos relacionados que puedan reforzar tu petición.
  • Justificantes de pago de las cotizaciones de autónomo a la Seguridad Social durante los últimos tres meses.
  • Otras pruebas médicas que te soliciten.

Ahora bien, ¿dónde pedir la incapacidad permanente? Puedes hacerlo de manera presencial en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social. No obstante, es más cómodo llevar a cabo el trámite a través de la sede electrónica de este organismo. Para ello, solo necesitas disponer de un certificado digital.


La tramitación del expediente

Una vez que presentes la solicitud, recibirás un justificante. A partir de esa fecha, la Seguridad Social tiene 135 días naturales para determinar si te corresponde la prestación por incapacidad permanente o no.

Eso sí, es posible que no te conteste durante ese plazo. Si esto sucede, el silencio administrativo se entiende como decisión desestimatoria, es decir, la Seguridad Social ha denegado tu solicitud. Si sucede, tendrás que valorar si quieres recurrir la decisión o no. Lo más recomendable es que presentes el recurso bajo la supervisión de un asesor laboral.


La cuantía de la pensión por incapacidad permanente

Imagina que la Seguridad Social reconoce tu derecho a cobrar la pensión. En este caso, pasarás a percibir todos los meses y con carácter inmediato una cantidad equivalente al 55% de la base reguladora que cotizases.

No obstante, si tienes más de 55 años, no ejerces otra actividad retribuida por cuenta ajena o propia y no posees establecimientos industriales o mercantiles, recibirás un complemento del 20% adicional. Además, este organismo te da la opción de sustituir el cobro de la pensión por una cantidad a tanto alzado. Esta corresponde a 40 mensualidades de la base de cotización.


Ya tienes los conocimientos para saber dónde pedir la incapacidad permanente si eres trabajador autónomo. También cómo funciona esta pensión, qué requisitos has de cumplir para solicitarla y cuál es el procedimiento para obtenerla.

Sin embargo, si quieres incrementar tus posibilidades de éxito, te recomendamos recurrir a un abogado especializado.

En PROLUCO contamos con un gran equipo capaz de ayudarte durante todo el proceso. ¡No esperes más y solicítanos información!

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