Cómo afectarán los ERTEs a la Renta 2020
lunes, 29 de junio de 2020
La crisis del COVID-19 ha provocado que alrededor de cuatro millones de españoles hayan sufrido un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE).
El auge de esta situación ha llegado durante la campaña de la Renta y suscita la duda de cómo afectarán los ERTES a la Declaración de la Renta 2020.
TIPOS DE ERTEs
Hay que diferenciar entre:
- ERTE de reducción de jornada: el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pagará su parte correspondiente y la empresa la suya.
- ERTE de suspensión de empleo: será el SEPE el que pague únicamente durante el periodo de vigencia del expediente de regulación de empleo.
En los dos casos, ya pague la empresa o el SEPE, las cantidades serán consideradas rendimientos íntegros del trabajo, ya que las prestaciones por desempleo reciben tal condición.
DOS PAGADORES
Esto conllevará que el trabajador tenga dos pagadores. La Agencia Tributaria establece que el contribuyente que tiene dos o más pagadores ha de presentar su declaración:
- Si sus rendimientos del trabajo superan los 14.000 euros.
- Si la cantidad pagada por el segundo pagador (y sucesivos) supera los 1.500 euros.
En caso de que el contribuyente solo tenga un pagador, los rendimientos del trabajo deben superar los 22.000 euros.
RETENCIÓN IRPF
El problema está en la escasa o incluso inexistente retención en concepto de IRPF, lo que llevará a que muchos empleados tengan que pagar en la siguiente declaración para solucionar esa descompensación en las contribuciones.
No obstante, el SEPE aclara que los afectados tienen derecho a aumentar la retención de IRPF para evitar pagar un importe elevado en la próxima declaración.